--------------------------------------------------------------------------------------- Problemática que enfrentará el INE en materia de acciones afirmativas

Problemática que enfrentará el INE en materia de acciones afirmativas

Las acciones afirmativas son una serie de medidas que en materia electoral tanto el Instituto Nacional Electoral (INE) como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), han ido adoptando con el objetivo de visibilizar y garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos de personas que han estado históricamente discriminadas. Las acciones afirmativas que más impacto han tenido para buscar una igualdad de derechos respecto al género masculino se han dado hacia las mujeres en las que, entre otras, destacan la de 2014 en donde se elevó a rango constitucional el principio de paridad de género para la postulación de las candidaturas; la de 2019 conocida como Paridad en Todo para garantizar dicho principio en la integración de todos los poderes del Estado, de organismos autónomos, así como para sistemas normativos indígenas, y finalmente, la de 2020 que definió la violencia política contra las mujeres y las obligaciones de diversas instancias para su atención, sanción y reparación. Para la elección de 2021 se establecieron, además de las acciones afirmativas para personas indígenas, en donde ahora, los partidos políticos debían postular 21 fórmulas de mayoría relativa (MR) y 9 por la vía de la representación proporcional (RP), cuatro acciones afirmativas más.  Para personas afromexicanas con 3 fórmulas de MR y 1 de RP; para personas con discapacidad 6 de MR y 2 de RP; para personas mexicanas migrantes residentes en el extranjero 5 de RP, y finalmente, para personas de la diversidad sexual 2 de MR y 1 de RP.

 

El resultado de estas acciones afirmativas se tradujo en la representación política de 65 espacios legislativos. Con la nueva normativa electoral (Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales), mejor conocida como Plan B, publicado el pasado 2 de marzo, se establece que los partidos deberán incluir en la postulación de sus candidaturas por ambos principios, al menos 25 postulaciones de las acciones afirmativas descritas. No obstante, la nueva legislación electoral no especifica las reglas para su registro ni el mecanismo para acreditar que una persona pertenezca efectivamente a la acción afirmativa por la que, en su caso, sea postulada; por ejemplo, para el caso de las personas migrantes mexicanas no queda claro la temporalidad de residencia mínima en el extranjero para considerar que cumple para acreditar la acción afirmativa. Es por ello, que las nuevas disposiciones legales en materia electoral van en sentido contrario al principio de progresividad de los derechos humanos que establece que todas las instancias del Estado mexicano deben, en el ámbito de sus competencias, incrementar y potenciar dichos derechos no al contrario.

Conoce la nota completa aquí:  https://www.eluniversal.com.mx/opinion/carla-humphrey/problematica-que-enfrentara-el-ine-en-materia-de-acciones-afirmativas

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